martes, 8 de noviembre de 2016

CIUDADANO HONDUREÑO: HERMANO,... NO TE QUEDES EN CASA EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2017, PORQUE A LAS 6:00 ES LA HORA DE NUESTRA LIBERACIÓN.




HONDURAS

¡PATRIA AMADA!

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA

CIUDADANO HONDUREÑO:

Este es el momento y este es el lugar, “HONDURAS”, para que en el cumplimiento del deber ciudadano expresado en nuestra Constitución vigente desde el 20 de enero de 1982 en su Artículo 40 – 1.- Cumplir, defender y hacer que se cumpla la Constitución y demás leyes, exijamos a nuestros Gobernantes, civiles y militares, que en respeto y obediencia a la Ley fundamental y demás, se actúe el Artículo 375 de nuestra Ley primaria.

Una vez más se ha violado nuestra Constitución y reiteradamente el que se refiere a los artículos irreformables, Artículo 374, y todas las veces que se ha violado, se ha cometido el delito de ‘traición a la patria’, y como si nada haya ocurrido, incluso existe una Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial, Sentencia N° 514=08, esta Sentencia es el resultado del OFICIO N° 3080-SCSJ-2008, contra los preceptos de la Ley de Reforma Constitucional que modifica los artículos doscientos treinta y nueve (239) y doscientos cuarenta (240) de la Constitución de la República, en donde se expulsan las mismas del texto constitucional y por tanto vuelven los artículos 239 y 240 de la Constitución de la República a la redacción de su texto original; queda constancia en el N° 1229 del Libro de remisiones que al efecto lleva la receptoría de la Sala de lo Constitucional, Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial.

Todas las instituciones del Estado de Honduras deben responder a sus Leyes respectivas para que se dé el Estado de Derecho que se encuentra expresado en el Artículo 1 de nuestra Constitución vigente.

¿Qué pasa con los Gobernantes y funcionarios públicos?

Estos deberían cumplir con la Carta Magna, legado de la Asamblea Nacional Constituyente que Decretó el: “DECRETO 131”, es decir, nuestra Constitución de la República vigente.

¿Dónde está el Ministerio Público?

¿Dónde está la Corte Suprema de Justicia?

¿Dónde están las Fuerzas Armadas de Honduras?

¿Dónde está la Empresa Privada?

¿Dónde está la Sociedad Civil?

¿Dónde están las Centrales de Trabajadores del Campo y de la Ciudad?

¿Dónde están los Grupos Sociales organizados?

¿Dónde están los Institutos Políticos?

EL SOBERANO… sí actuará este próximo año, 2017, porque será el año de la liberación nacional y se alista organizadamente, y con conciencia cívica y patriótica a decir presente el día domingo 26 de noviembre, a plantarse cada uno de los ciudadanos libres y patriotas, a invocar el Artículo 3 de nuestra Constitución vigente:

ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. el pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.

Y… cantando con orgullo patrio nuestro glorioso: “HIMNO NACIONAL”…

¡Serán muchos, HONDURAS, tus muertos, pero todos caerán con HONOR!

(Continuará)

 

 

 

 

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