“EL ORIENTADOR CIUDADANO”
Sábado, 18 de febrero de 2017
Usted… el objetivo a quien deseamos y debemos
llegar a través de este medio escrito y el cual llegará siempre gratuito,
siempre y cuando, usted tenga la buena voluntad, cívica y patriótica, de
reproducirlo, tantas veces usted desee y repartir el mensaje de cada uno de
ellos, porque así haremos historia, llevando ese mensaje patriótico a todos y
cada uno de nuestros paisanos, ciudadanos hondureños, como, usted y yo, quienes
todos anhelamos una república: libre, soberana e independiente, y más que todo
desarrollada y próspera.
Ciudadano hondureño, sí, usted que nos lee en
este momento y que está padeciendo igual que nosotros de la lamentable vida que
nos están dando estos politiqueros de oficio domésticos, individuos que con
esas pretensiones de mantenerse en el Poder político para seguir entregando
nuestra soberanía nacional a intereses exógenos, para satisfacer sus intereses,
financieros y económicos, personales y de grupo, al grupo que los patrocina
para servir como testaferros y así seguir acabando con el Pueblo trabajador,
aquel ciudadano hondureño que solamente les ha servido para votar por ellos en
las elecciones internas de cada partido al cual representan y así llegar a las
elecciones generales para cargos de elección popular y continuar violando la Constitución
de la República, y mucho peor, cometer delitos de traición a la patria, como
los tipificados en el Artículo 374 y entre ellos:
Al período presidencial, a la prohibición
para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado
bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la
República por el período subsiguiente.
Y lo que han hecho estos malos hijos de la
patria es, haber reformado Artículos irreformables, lo cual es ilegal,
inconstitucional e implica cometer el delito de: ‘traición a la patria’.
Estos delincuentes mayores reformaron los
artículos constitucionales: 239; 4; y 42 (5) y esta acción delincuencial debió
haber sido perseguida por las instituciones estatales responsables de responder
en base a derecho y la justicia, esta clase de delitos, pero, no fue así, y aún
con la presencia de la representación de la “OEA” ante el Pueblo y el Gobierno
de nuestro país que penaliza esta clase de delitos en La Carta de La
Organización de Estados Americanos.
ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en
ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos
constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio
nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente
Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier
título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por
el período subsiguiente.
Ciudadano hondureño, ‘sólo el Pueblo salva al
Pueblo’ y esto es lo que vamos a hacer pacíficamente todos y cada uno de
nosotros los ciudadanos hondureños que sí cumplimos con nuestro deber
ciudadano: Cumplir, defender y hacer que se cumpla La Constitución y demás
leyes, porque siempre debió haber sido así y esta actuación de nosotros que
constituimos ser, El Soberano, conforme a nuestra Constitución vigente
(Artículo 2), haremos prevalecer El Estado de Derecho (Artículo 1) en estas
próximas elecciones generales del día domingo 26 de noviembre de 2017, ese día
será, la fecha y día, de nuestra liberación de estos ‘traidores a la patria’ y
a quienes se les juzgará conforme al Artículo 375 y El Código Penal vigentes.
El día de las elecciones generales, todos los
ciudadanos hondureños, respetuosos de nuestra Constitución vigente, cumpliremos
a cabalidad nuestro deber ciudadano, cumplimentando el Artículo 40: cumplir,
defender y hacer que se cumpla La Constitución y demás leyes.
Así en el momento de la apertura a las
votaciones, nadie, ninguno de nosotros nos moveremos de nuestro lugar que la historia
nos tiene reservado, para cumplir con el Estado de Derecho constitucional,
cumpliendo el Artículo 3 que nos da el ‘derecho’ a la desobediencia y a la
insurrección y exigiremos el cumplimiento del Artículo 375 y del Código Penal
vigente en cumplimiento del derecho adjetivo, seguir los procedimientos
legales, para que se haga verdadera justicia a estos delincuentes que cometieron
el delito de ‘traición a la patria’.
¡VALE MÁS UN MINUITO SER LIBRES QUE, TODA UNA
VIDA ESCLAVOS!
“EL PUEBLO UNIDO… JAMÁS SERÁ VENCIDO”
¡ES LA HORA DE NUESTRA LIBERTAD!
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