miércoles, 30 de agosto de 2017

88 DÍAS Y EL PUEBLO COMO SOBERANO, TOMARÁ EL PODER POLÍTICO.




EL PUEBLO ES EL “SOBERANO”: 88 DÍAS PARA DEMOSTRAR “EL IMPERIO DE LA LEY”.

(Miércoles, 30 de agosto de 2017)

Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.
C. I. N° 0801 – 1941 – 00877 / MÓVIL: 7216.9148 ó 7216.9151

 

De ahora en adelante mantendremos bien informado a la ciudadanía en general acerca siempre del acontecer político nacional, porque es necesidad que todo ciudadano, bien sea de la ciudad o del campo, tiene el derecho a ser bien y correctamente informado de lo que está pasando en nuestra, “Honduras”, tierra que nos vio nacer, que aquí vivimos y que aquí moriremos.

En el período de Gobierno del actual, “Partido Nacional de Honduras”, como de los anteriores, se ha visto una tendencia bien marcada de hacer prevalecer el Sistema Capitalista Neoliberal en todos los aspectos de nuestra vida nacional.

Desde el Gobierno de este instituto político, en el año 1991 se reconoció el ‘neoliberalismo’, método de explotación económica, para beneficiar intereses, financieros y económicos, foráneos, muy propia del Sistema Capitalista dependiente.

Desde el año 1989 se empezó a implantar un ‘nuevo orden mundial’ y este consiste en el: “Consenso de Washington”. Este nuevo orden mundial implica el implantar “La Globalización” en todas sus formas: Privatización, Tratados de Libre Comercio, Competitividad, Etc.

El “Estado de Honduras” como un Estado Liberal Burgués que es, dependiente del Gran Capital de los Banqueros de New York, U. S. A., se vio obligado a acatar las órdenes dadas desde: Washington, D. C., U. S. A.

El Presidente del PODER EJECUTIVO en todos los Gobiernos que el Pueblo inconsciente ha avalado con su Voto, tiene entre sus atribuciones tipificadas en el Artículo 245, el numeral 22:

ARTÍCULO 245.- El Presidente de la República tiene la administración general del Estado: son sus atribuciones:

22. Formular el Plan Nacional de Desarrollo, discutirlo en Consejo de Ministros, someterlo a la aprobación del Congreso Nacional, dirigirlo y ejecutarlo;

Y habiéndosele tomado La Promesa de Ley, y en donde expresó lo siguiente:

CAPITULO XIII

DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO Y DE SUS SERVIDORES

ARTICULO 322.- Todo funcionario público al tomar posesión de su cargo prestará la siguiente promesa de ley: "Prometo ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes".

Qué pasa y teniendo tanto que hacer por el bien común en el desempeño de sus funciones, no podría inspirarse en lo que expresa El Preámbulo de nuestra Constitución de La República de honduras vigente:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, 1982

(Decreto No. 131 del 11 de enero de 1982)

DECRETO NUMERO 131

PREAMBULO

Nosotros, Diputados electos por la voluntad soberana del pueblo hondureño, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y el ejemplo de nuestros próceres, con nuestra fe puesta en la restauración de la unión centroamericana e interpretando fielmente las aspiraciones del pueblo que nos confirió su mandato, decretamos y sancionamos la presente Constitución para que fortalezca y perpetúe un estado de derecho que asegure una sociedad política, económica y socialmente justa que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre, como persona humana, dentro de la justicia, la libertad, la seguridad, la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien común.

O lo que realmente debe hacer en el cumplimiento de “La Constitución de La República de Honduras” vigente y así alcanzar lo que realmente deseamos y esperamos todos los ciudadanos de este Pueblo honesto y honrado:

ARTÍCULO 1.- Honduras es un Estado de derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.

Estado de derecho es cuando todos los Gobernantes, funcionarios y empleados regulares públicos, se apegan a La Constitución y demás leyes en su diario actuar, y así dar el ejemplo a la ciudadanía en general que todo lo que se hace es conforme a Ley.

Y este individuo que se está desempeñando ‘inconstitucionalmente’ en La Presidencia del PODER EJECUTIVO del Gobierno de La República, ya que reformó una vez más el Artículo 239, no cumple también el Artículo 375 que le expresa que La Constitución sigue vigente y hay que cumplirla, no importando lo que usted hizo. Entonces sigue siendo usted como un: “USURPADOR Y SUPLANTADOR”. Artículos: 199 numeral 10 (2); Artículo 239; Artículo 3 Constitucionales.

Todos los políticos de oficio domésticos del sistema capitalista, neoliberal, son ‘traidores a la patria’, porque todos se han prestado a ir a elecciones generales este próximo 26 de noviembre de 2017, desconociendo la Constitución de La República de Honduras vigente. Los institutos políticos todos, los Diez (10) NO HAN CUMPLIDO EL ARTÍCULO 48:

ARTÍCULO 48.- Se prohíbe a los partidos políticos atentar contra el sistema republicano, democrático y representativo de gobierno.

Ø La cúpula de los partidos políticos que impone al Pueblo los cuadros.

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