¡NADIE PUEDE ALEGAR DESCONOCIMIENTO DE:
“LEY”!
(Lunes, 11 de septiembre de 2017)
Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.
C. I.
N° 0801 – 1941 – 00877 / Móvil: 7216.9148 ó 7216.9151
Cédula
de Inscripción Militar: 33619 / Registro “U.N.A.H.”: 7710742
Dura lex sed lex
LA
PLAGA MÁS GRANDE DE TODOS LOS PUEBLOS ES LA IGNORANCIA.
JOSÉ
JUSTO MILLA.
Tales
y mayores son, los bienes que debe producir el cumplimiento de la Constitución;
pero para cumplirla, es necesario saberla; para amarla, es necesario conocerla;
para entenderla, es preciso haberse penetrado de sus ventajas; y sólo la
aplicación y el estudio pueden hacer que se conozca; y que se perciban los
inmensos bienes que su práctica debe asegurar.
“DIONISIO
DE HERRERA”
ARTÍCULO 323.- Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables
legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella.
Ningún
funcionario o empleado, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes
ilegales o que impliquen la comisión de delito.
¿Usted
sabe lo que significa no acatar o desconocer La Ley?
La
inmensa mayoría de la sociedad nuestra ignora “La Constitución de La República
de Honduras vigente y las demás leyes. La mayoría de los privados de libertad
se encuentran purgando pena, precisamente por la ignorancia de: Ley. El Juez
solamente aplica el principio: “Nadie puede alegar desconocimiento de: “LEY”.
Si
la mayoría de la sociedad hondureña sigue ignorando La Constitución y demás
leyes, simplemente, por el desacato al Artículo 40 Constitucional, seguirá en
la calle de la amargura. El Artículo 40 en su numeral 1 nos expresa:
ARTÍCULO 40.- Son deberes del
ciudadano:
1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan
la Constitución y las leyes;
Nuestra
Constitución de La República vigente nos expresa que nuestro Estado es un
Estado de derecho. Estado de derecho es cuando los Gobernantes actúan en el
desempeño de sus funciones conforme a La Constitución y demás leyes. El ejemplo
que los Gobernantes dan a la ciudadanía en general con el acato a La
Constitución y las leyes, el Pueblo lo imita, pero, cuando es todo lo
contrario, se dan los casos extraordinarios de anarquía.
En
este momento es cuando deberíamos buscar La Constitución de La República de
Honduras vigente para enjuiciar a todos aquellos que la han violado y hasta han
cometido el delito de ‘traición a la patria’.
El
usurpador del Poder Ejecutivo de nuestra República se ha lanzado a la
‘reelección’ y esto es un delito de ‘traición a la patria’. Los que lo
acompañan del Gobierno de La República también han cometido este delito de
‘traición a la patria’. Cuando las instituciones del Estado de Honduras, en
este caso, no han respondido como debe ser y conforme a La Constitución de La
República de Honduras vigente, entonces la misma Constitución le da al Pueblo,
quien es el Soberano, a cumplir el Artículo 3 en donde está tipificado el derecho
a la desobediencia e insurrección.
ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman
funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o
procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las
leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. El
pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden
constitucional.
En
todos los rincones de los 18 Departamentos, con sus Ciudades, Municipios,
Aldeas y Caseríos se está organizando el Pueblo para este día domingo, 26 de
noviembre de 2017, fecha de la celebración de las supuestas elecciones
generales y desde muy temprano ocupar el lugar que le corresponde en la fila de
votaciones, no para votar, sino para exigir todos los de las filas, el
cumplimiento del Artículo 375 Constitucional y enjuiciar a estos delincuentes
políticos, corruptos y ‘traidores a la patria’.
ARTICULO 375.- Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto
de fuerza o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro
medio y procedimiento distintos del que ella mismo dispone. En estos casos,
todo ciudadano investido o no de autoridad, tiene el deber de colaborar en el
mantenimiento o restablecimiento de su afectiva vigencia.
ATENCIÓN:
Si
así como estamos en anarquía, lo que nos corresponde es comer “M”, después no
te quejes en el próximo año, porque ni “M” vamos a comer.
¡SI FALTAS TÚ, NO ESTAREMOS TODOS!
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