ESTADO DE DERECHO:
“SE CUMPLEN LAS LEYES O SE ROMPEN LOS
CÓDIGOS”
(Jueves, 9 de noviembre de 2017)
Ldo.
Manuel de Jesús Carías Rodríguez.
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Saludos
amigos y compañeros de lucha, cívica y patriótica, que nos está llevando a
crear conciencia entre todos y cada uno de los ciudadanos hondureños por
nacimiento, que estamos en la obligación de cumplir con nuestros deberes
ciudadanos, tipificados en nuestra Constitución de “La República de Honduras”
vigente. Ese es nuestro mayor sueño, ambición y anhelo que, todos cumplamos con
las leyes.
ARTÍCULO 40.- Son deberes del ciudadano:
1. Cumplir, defender y velar porque se
cumplan la Constitución y las leyes.
Cómo
es posible que muchos ciudadanos, por no decir, casi la totalidad de los
hondureños mayores de 18 años, obedezcan las órdenes emanadas por los
politiqueros de oficio, los máximos dirigentes de los diferentes institutos
políticos que están cometiendo el mismo delito de ‘traición a la patria’, igual
que el ‘usurpador’ de La Presidencia del “PODER EJECUTIVO”.
ARTICULO 239.- El ciudadano que haya
desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o
Designado.
El que quebrante esta disposición o
proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente,
cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán
inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.
ü Cesarán
de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán
inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.
Todos
los Gobernantes de este régimen están usurpando los Poderes de La República y
suplantando la voluntad popular:
ARTÍCULO 2.- La soberanía corresponde al
pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por
representación.
La suplantación de la soberanía popular
y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de
‘traición a la Patria’. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y
podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.
ü La
suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes
constituidos se tipifican como delitos de ‘traición a la Patria’
Conforme
al Artículo 375 en su primer párrafo nos expresa que La Constitución sigue
vigente y además existe una Sentencia de La Sala de lo Constitucional de La
Corte Suprema de Justicia del PODER JUDICIAL, Sentencia 514=08, ratificando lo
misma vigencia de La Ley, para cuando se presentó el mismo caso de reforma a
‘artículos irreformables’ contenidos en el Artículo 374. El caso se dio en el
mes de diciembre de 2003 que ratificaron la reforma a los Artículos: 240 y 239.
CAPITULO II
DE LA INVIOLABILIDAD DE LA CONSTITUCION
ARTICULO 375.- Esta Constitución no
pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere
supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento
distintos del que ella mismo dispone. En estos casos, todo ciudadano investido
o no de autoridad, tiene el deber de colaborar en el mantenimiento o
restablecimiento de su afectiva vigencia.
Vigentes
están los Artículos:
ARTÍCULO 237.- El período presidencial
será de cuatro años y empezará el veintisiete de enero siguiente a la fecha en
que se realizó la elección.
ARTÍCULO 4.- La forma de gobierno es
republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes:
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin
relaciones de subordinación.
La alternabilidad en el ejercicio de la
Presidencia de la República es obligatoria.
La infracción de esta norma constituye
delito de ‘traición a la Patria’.
Tener
mucho cuidado con andar apoyando y acuerpando a estos partidos políticos,
desobedientes del mandato constitucional en donde les prohíbe atentar contra la
vida democrática, republicana y representativa de Gobierno:
ARTÍCULO 48.- Se prohíbe a los partidos
políticos atentar contra el sistema republicano, democrático y representativo
de gobierno.
Debemos
cumplir con nuestros deberes ciudadanos y así no perderemos la calidad como
tal:
ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano
se pierde:
5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo
o la reelección del Presidente de la República.
“EN LA UNIÓN ESTÁ LA FUERZA”
¡UNÁMONOS!
“LA GENTE UNIDA PUEDE CAMBIAR CUALQUIER
SISTEMA”
“LA
GENTE NO SABE NADA SI NO LE ENSEÑAMOS Y MOSTRAMOS; LA GENTE NO OYE NADA SI NO
LE HABLAMOS Y EXPLICAMOS”
EL PUEBLO NO NECESITA DE LÍDERES,
TRAIDORES A LA PATRIA Y COBARDES; EN ESTA LUCHA EL PUEBLO DEBE SER ÉL MISMO Y
ÚNICO COMANDANTE.
“EL
PUEBLO DEBE SALVAR AL PUEBLO”
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