martes, 10 de octubre de 2017

¡CIVISMO Y PATRIOTISMO!




¿DE DONDE PROVENDRÁ EL PATROCINIO DE LA CAMPAÑA ELECTORAL 2017?

(Martes, 10 de octubre de 2017)

Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.
C. I. N° 0801 – 1941 – 00877

 

Fastuosa la presentación del Plan de Gobierno del reeleccionista ‘traidor a la patria’. La pregunta que nos hacemos nosotros los ciudadanos hondureños por nacimiento, quienes estamos en esta lucha incansable de restablecer el orden constitucional es, de dónde derivará ese gran capital que se tuvo que haber cancelado a los medios de comunicación masiva y a los productores, y actores que participaron en dicha obra.

¿Será del caso del “I. H. S. S.”?
¿Será del caso del narcotráfico?
¿De dónde emanará?

Nosotros también nos preocupamos por que no se han dado resultados de las investigaciones que de oficio debieron haber realizado los entes fiscalizadores del Estado de Honduras. Por eso estamos en esta lucha pacífica, cívica y patriótica, que hará historia.

El día domingo 26 de noviembre de 2017, será la fecha inmortal para la salvación de nuestra amada Patria: “República de Honduras”.

Esta publicación periódica que estamos elaborando diariamente y que la difundimos en una forma presencial y otra virtual, aprovechando los adelantos científicos y tecnológicos que están a nuestro alcance, para formar conciencia cívica y patriótica a todos nuestros compatriotas, hondureños a quienes los gobernantes de turno le han negado el derecho al saber.

Damos a conocer nuestra Constitución de La República vigente original. Reparamos en artículos constitucionales que deben ser conocidos con claridad por parte del ciudadano hondureño y en esa forma se dé cuenta de los atropellos de que es objeto nuestra Ley primaria.

Con toda valentía, dignidad y orgullo damos a conocer públicamente este medio de comunicación, porque lo estamos haciendo con amor a la Patria. Hablar de amor a la Patria, es hablar del amor que se le tiene al Pueblo; es hablar de lo rico y bello que es su territorio con sus riquezas naturales; es hablar del acatamiento de sus Leyes y el respeto a sus autoridades e instituciones.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, 1982

(Decreto No. 131 del 11 de enero de 1982)

DECRETO NUMERO 131

PREAMBULO

Nosotros, Diputados electos por la voluntad soberana del pueblo hondureño, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y el ejemplo de nuestros próceres, con nuestra fe puesta en la restauración de la unión centroamericana e interpretando fielmente las aspiraciones del pueblo que nos confirió su mandato, decretamos y sancionamos la presente Constitución para que fortalezca y perpetúe un estado de derecho que asegure una sociedad política, económica y socialmente justa que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre, como persona humana, dentro de la justicia, la libertad, la seguridad, la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien común.

TITULO I: DEL ESTADO

CAPITULO I

DE LA ORGANIZACION DEL ESTADO

ARTÍCULO 1.- Honduras es un Estado de derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
ARTÍCULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.
La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria.
La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.

Honduras es un Estado de derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente. La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado. Frases clave que debemos memorizar, grabándolas en nuestra memoria y tenerlas siempre presente en nuestras mentes y corazón.

Para que no quede ninguna duda del deber que tenemos de cumplir las leyes del marco jurídico, es necesario que también tome conciencia usted del siguiente artículo constitucional:

ARTÍCULO 40.- Son deberes del ciudadano:
1. Cumplir, defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes;
2. Obtener su Tarjeta de Identidad;

De ahora adelante usted podrá conocer nuestra: “Constitución de La República de Honduras”.

¡Oh Patria cara donde nacieron los seres que más amo! Tus derechos son los míos, los de mis amigos y mis paisanos. Yo juro sostenerlos mientras viva. Y juro decir cuando muera: Hijos: defended a la América.
Recibe, Patria Amada, este juramento. Lo hago en estas tierras que el despotismo tenía incultas y la libertad hará florecer.
José Cecilio Del Valle.

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