HONDUREÑO,… TODO POR LA PATRIA.
¡DESPIERTA!
(Jueves, 26 de octubre de 2017)
Ldo. Manuel de Jesús Carías Rodríguez.
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¿Qué
tal?... ¿Vamos bien?
Todo
por la patria, todo por nuestra amada y respetable tierra: “República de
Honduras”. Nuestra República es un Estado de derecho y como tal debe
considerarse, cumpliendo todos nosotros los deberes ciudadanos, empezando por
tomar en mano una Constitución de La República de Honduras vigente e irnos de
inmediato a leer el Artículo 40
ARTÍCULO 40.- Son deberes del
ciudadano:
1. Cumplir, defender y velar porque se
cumplan la Constitución y las leyes;
2. Obtener su Tarjeta de Identidad;
3. Ejercer el sufragio;
4. Desempeñar, salvo excusa o renuncia
con causa justificada, los cargos de elección popular;
5. Cumplir con el servicio militar; y,
6. Las demás que establezcan la
Constitución y las leyes.
Perfecto.
Ahora usted puede decir con toda gallardía que es un ciudadano hondureño,
genuino y legítimo, y no como aquellos que andan en campaña proselitista, o
sea, campaña política. Usted como conocedor de nuestros deberes ciudadanos,
está conciente de lo que le expresa el Artículo 40 numeral 1 y que todos
debemos de acatar.
ARTÍCULO 40.- Son deberes del
ciudadano:
1. Cumplir,
defender y velar porque se cumplan la Constitución y las leyes;
La
dirigencia o cúpula de los diferentes institutos políticos de casa, todos han
desconocido nuestra “Constitución de La República de Honduras” vigente, desde
el partido político que nos Gobierna, quien es el culpable y responsable de la
situación política que estamos atravesando.
Todos
nosotros los que nos encontramos en esta lucha popular, cívica y patriótica,
revolucionaria, trabajamos día a día con todos los paisanos que encontramos y
les hablamos acerca de nuestra causa, la de salvar a nuestra Patria luchando
pacíficamente Pro de la restauración del orden constitucional del “Estado de
Honduras”.
Como
los medios de comunicación masiva son muy influyentes y poderosos, ejercen en
las personas un convencimiento alienante y hasta enajenante que hace que estas
personas, no tomen sus propias decisiones al actuar, sino que hacen lo que se
les propone, olvidándose de los valores y principios que deben prevalecer en
nuestra sociedad, para convivir en armonía y en paz.
Escuchamos
por estos medios de comunicación social masiva que se van realizar elecciones
generales este próximo día domingo, 26 de noviembre de 2017, y ellos están
conscientes que esto no es normal, porque se ha roto el orden constitucional al
haberse reformado el Artículo 239 que da paso a la ‘reelección’ y el
continuismo, lo cual constituye delito de ‘traición a la patria’, cuando
nuestra Constitución de La República vigente nos expresa:
ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano
se pierde:
5. Por incitar, promover o apoyar el
continuismo o la ‘reelección’ del Presidente de la República; y,
¿Qué
piensa usted sobre el tema que estamos desarrollando en Pro del
restablecimiento del orden constitucional?
En
primer lugar únase a nuestra causa y lucha en Pro de hacer prevalecer el Estado
de derecho, para resaltar el imperio de La Ley. Solamente faltan 30 días para
poder enjuiciar a todos los políticos de los 10 iguales institutos políticos
que van por y con la ‘reelección’ y cómo podemos lograr este objetivo, cívico y
patriótico, pues, muy, fácil y práctico, cumpliendo nuestra Constitución de La República
vigente.
ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un
gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la
fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o
desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos
verificados por tales autoridades son nulos. El pueblo tiene derecho a recurrir
a la insurrección en defensa del orden constitucional.
ARTICULO 375.- Esta Constitución no
pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere
supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento
distintos del que ella mismo dispone. En estos casos, todo ciudadano investido
o no de autoridad, tiene el deber de colaborar en el mantenimiento o
restablecimiento de su afectiva vigencia.
ARTÍCULO 272.- Las Fuerzas Armadas de
Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente
profesional, apolítica, obediente y no deliberante.
Se constituyen para defender la
integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el
orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio
y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
“DIONISIO DE HERRERA”
Tales
y mayores son, los bienes que debe producir el cumplimiento de la Constitución;
pero para cumplirla, es necesario saberla; para amarla, es necesario conocerla;
para entenderla, es preciso haberse penetrado de sus ventajas; y sólo la
aplicación y el estudio pueden hacer que se conozca; y que se perciban los
inmensos bienes que su práctica debe asegurar.
LA PLAGA MÁS GRANDE DE TODOS LOS PUEBLOS
ES LA IGNORANCIA.
JOSÉ JUSTO MILLA.
Cuando
los traidores a la patria ejercen los primeros destinos, el Gobierno es
opresor.
Montesquieu.
Hombres
que habéis abusado de los derechos más sagrados del pueblo por su sórdido y
mezquino interés! Con vosotros hablo, enemigos de la independencia y de la
libertad. Si vuestros hechos, para procuraros una patria, pueden sufrir un
paralelo con los de aquellos centroamericanos que perseguís o habéis
expatriado, yo a su nombre os provoco a presentarlos. Ese mismo pueblo que
habéis humillado, insultado, envilecido y traicionado tantas veces, que os hace
hoy los árbitros de sus destinos y nos proscribe por vuestros consejos, ese
pueblo será nuestro juez.
José
Francisco Morazán Quesada.
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