lunes, 15 de enero de 2018

QUÉ ESTÁ PASANDO CON LA "O. E. A.". ¿ESPERA EL 27?




¿QUÉ PASA CON LA CARTA DEMOCRÁTICA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS?

“O. E. A.”

Iniciamos esta nota informativa para todos los ciudadanos hondureños por nacimiento, acerca de uno de los instrumentos más efectivos para solucionar problemas de índole ‘democrático’ en nuestros Estados Americanos:

“CARTA DEMOCRÁTICA DE LOS ESTADOS AMERICANOS” (O. E. A.).

1)        Es reconocida como uno de los instrumentos interamericanos más completos, promulgado para la promoción y fortalecimiento de los principios, prácticas y cultura ‘democráticas’ entre los Estados de las Américas.
2)        Su antecedente principal es la Resolución 1080, aprobada en 1991, que por primera vez habilitó a la “OEA”, en caso de ‘ruptura del orden constitucional’, o golpe de Estado, a tomar las sanciones y las medidas que considerase adecuadas.
3)        Esta capacidad de ‘sancionar’ a los Estados Miembros que sufran rupturas institucionales, repetida y ampliada en la Carta Democrática Interamericana, es inédita en el mundo: aún hoy, sólo en las Américas (la OEA y las organizaciones subregionales que adoptaron la también llamada ("cláusula democrática") la contemplan en su acervo jurídico.

         Es reconocida como uno de los instrumentos interamericanos más completos, promulgado para la promoción y fortalecimiento de los principios, prácticas y cultura ‘democráticos’ entre los Estados de las Américas.

Siendo que es reconocida como uno de los instrumentos más completos, promulgado para la promoción y fortalecimiento de los principios, prácticas y cultura democráticos entre los Estados de América, qué habrá pasado con nuestro país, “República de Honduras”, que desde el comienzo en vigencia de la actual “Constitución de La República de Honduras” vigente, esta ha sido violada en reiteradas ocasiones, incluso cometido el delito de ‘traición a la patria’, tipificado en La Ley.

Daremos a conocer a usted que nos lee diariamente, física o virtualmente, algunos casos de haber cometido este delito craso de ‘traición a la patria’:

1)        La instalación de la Base Militar de EE.UU. en Palmerola, Comayagua, Departamento de Comayagua y actualmente son más. Véase el Artículo 19 de nuestra Ley primaria.

ARTÍCULO 19.- Ninguna autoridad puede celebrar o ratificar tratados u otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía e independencia de la República.
Quien lo haga será juzgado por el delito de traición a la Patria. La responsabilidad en este caso es imprescriptible.
ARTICULO 107.- Los terrenos del Estado, ejidales comunales o de propiedad privada situados en la zona limítrofe a los estados vecinos, o en el litoral de ambos mares, en una extensión de cuarenta kilómetros hacia el interior del país, y los de las islas, cayos, arrecifes, escolladeros, peñones, sirtes y bancos de arena, sólo podrán ser adquiridos o poseídos o tenidos a cualquier título por hondureños de nacimiento, por sociedades integradas en su totalidad por socios hondureños y por las instituciones del Estado bajo pena de nulidad del respectivo acto o contrato.
La adquisición de bienes urbanos comprendidos en los límites indicados en el párrafo anterior, será objeto de una legislación especial.
Se prohíbe a los registradores de la propiedad la inscripción de documentos que contravengan estas disposiciones.

Todos estos artículos que mencionamos y que mencionaremos a manera de ejemplo, están contemplados como no reformables en el Artículo 374, es decir, son ‘irreformables’ o como al público le gusta decir: ‘pétreos’.

Cuántos ciudadanos hondureños por nacimiento, hijos de nuestra Patria: República de Honduras, ha sido expatriados y habiendo cometido el delito en suelo nacional.

ARTICULO 102.- Ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un Estado extranjero.

Asumen que es que existe un tratado o acuerdo entre el Estado solicitante de la extradición y no hay reciprocidad. ¿Qué pasó?

         Su antecedente principal es la Resolución 1080, aprobada en 1991, que por primera vez habilitó a la “OEA”, en caso de ‘ruptura del orden constitucional’, o golpe de Estado, a tomar las sanciones y las medidas que considerase adecuadas.

Su antecedente principal es la Resolución 1080, aprobada en 1991, en caso de ‘ruptura del orden constitucional’. Bien. En nuestra “República de Honduras”, los Gobernantes del actual régimen han desconocido nuestra “Constitución de La República de Honduras” vigente, reformando el Artículo 239 que está contemplado en el Artículo 374 como ‘irreformable’, porque no se permite ni el continuismo, ni la ‘reelección’, pero estos delincuentes mayores, mafiosos, vendepatrias, habiendo cometido el delito de ‘traición a la patria’, convocaron a la ciudadanía hondureña a elecciones generales, por tanto, conforme nuestra Ley primaria, además de haber abandonado sus cargos públicos cuando reformaron el artículo ‘irreformable’, cuando realizaron las elecciones generales, perdieron todos estos ‘traidores a la patria’, la calidad de ciudadano, conforme siempre a nuestra Constitución de La República de Honduras vigente, tipificado en el Artículo 42 numerales 4 y 5:

ARTÍCULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde:
4. Por coartar la libertad de sufragio, adulterar documentos electorales o emplear medios fraudulentos para burlar la voluntad popular;
         5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República.

Todos los que nos estamos organizando en “Asambleas Populares Constitucionales” en los 18 Departamentos con sus 298 Municipios (Aldeas y caseríos), exigiremos la instalación de una “Asamblea Nacional Constituyente” para Decretar una “Constitución de La República” nueva.

“EN LA UNIÓN ESTÁ LA FUERZA”

¡UNÁMONOS!

“LA GENTE UNIDA PUEDE CAMBIAR CUALQUIER SISTEMA”

“LA GENTE NO SABE NADA SI NO LE ENSEÑAMOS Y MOSTRAMOS; LA GENTE NO OYE NADA SI NO LE HABLAMOS Y EXPLICAMOS”

EL PUEBLO NO NECESITA DE LÍDERES, TRAIDORES A LA PATRIA Y COBARDES; EN ESTA LUCHA EL PUEBLO DEBE SER ÉL MISMO Y ÚNICO COMANDANTE.

¡UNÁMONOS!

“LA GENTE UNIDA PUEDE CAMBIAR CUALQUIER SISTEMA”

¡SÓLO EL PUEBLO PUEDE SALVAR AL PUEBLO!

 

 

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